Entre los muchos debates que se han producido en la sociedad española cabe prestar especial atención al referente a la defensa o desacreditación al derecho de la mujer de decidir sobre su cuerpo en el caso del aborto.
Este tema es importante, tanto desde el punto de vista cuantitativo como cualitativo. Cuantitativo en cuanto que los datos del INE y del Ministerio de sanidad nos indican que en el año 2018 se produjeron 94.123 interrupciones voluntarias del embarazo (IVE), correspondiéndose con el 18,65% de los embarazos. Curioso si se especula con el problema demográfico español, caracterizado por tasas de fertilidad de las más reducidas de Europa.
El aborto es legal en España y se encuentra regulado por la Ley Orgánica 2/2010 del 3 de marzo de 2010, que permite la interrupción libre del embarazo en las 14 primeras semanas de gestación, y hasta la semana 22 si existen graves anomalías en el feto o riesgo para la vida o salud de la embarazada.
La edad gestacional se mide desde el primer día del último ciclo menstrual de la embarazada, lo que significa que durante las dos primeras semanas todavía no se ha producido la fecundación, y tampoco la implantación en el útero, que no ocurre hasta el final de la tercera o principios de la cuarta semanas.
En cualquier caso, la ley autoriza el aborto libre hasta mucho más tarde que las fechas indicadas. Justificándose habitualmente por los proabortistas que se trata de un ser no desarrollado totalmente que no responde a estímulos al no tener plenamente desarrollado su sistema nervioso.
Sin embargo, habría que recordar que a las doce semanas de embarazo casi todos los órganos están formados. Y si bien es cierto que el desarrollo completo del sistema nervioso tarda más, también es cierto que el feto posee en su genoma toda la información y todo el potencial intrínseco y capacidad de autoregulación como para desarrollarse. Y si bien es cierto que depende de la madre para alimentarse, y por tanto no es independiente, también debemos recordar que un recién nacido, si no se alimenta, también se muere. Pero a diferencia del aborto, ahora su muerte se consideraría homicidio o asesinato en función de determinadas circunstancias.
Yendo un poco más lejos en la interpretación de a partir de qué momento se trata de un nuevo ser humano, también podría interpretarse que no existe embrión hasta el momento de la fecundación, o en todo caso hasta antes de producirse la implantación en el útero. Un paso esencial para determinar si el feto puede llegar a ser viable o no, siendo importante mencionar que la mayoría de abortos espontáneos ocurren en las 12 primeras semanas de gestación, por lo que a partir de ese momento un embarazo probablemente de lugar a un nuevo ser humano.
Además de las justificaciones derivadas desde cuando un feto es o no un ser humano, sorprende en los debates el argumento que justifica el aborto como el derecho de la mujer de actuar sobre su cuerpo, encontrándose por los proabortistas fuera de toda discusión este derecho. Sin embargo, un nonato se escapa a este supuesto. Un nonato no es el cuerpo de la mujer, sino que es un ser independiente que esta lleva en su interior, y por lo tanto, el derecho al aborto implica conculcar el derecho a la vida de otro ser, no implicando evidentemente actuar sobre su cuerpo.
Cuando además, bajo el principio de que la sociedad debe proteger a los más débiles y los más desprotegidos, el nonato debía ser una prioridad al ser el más desprotegido de todos ante la incapacidad de emitir juicios en su defensa. Motivo por el que considerando el nonato como ser humano, el aborto queda fuera del ámbito de los derechos individuales de la mujer.
Independientemente de lo mencionado, el número de casos de IVE en nuestro país sorprende, ya que presumimos de un sistema sanitario avanzado, pero los datos solo confirman un doble y rotundo fracaso de los sistemas de educación sexual y de los sistemas de planificación familiar.
Tanto en uno como otro caso derivados de una ineficaz comunicación e información de la existencia y adecuado uso de los múltiples métodos anticonceptivos que evitarían llegar a este tipo de situaciones, ya que dichos métodos presentan, según la OMS, efectividades mayores del 99% en la mayoría de los casos, efectividad que se podría incluso incrementar a través de su combinación. Y ello sin olvidarnos de alternativas como la píldora del día después o como último recurso la adopción, cuando según LibreMercado existían en 2018 unos 50.000 padres deseando adoptar.
Mejorar esta situación evitaría llegar a las mujeres a la disyuntiva de enfrentarse al aborto. Sin embargo, a la política esto parece no preocuparle, es más populista apoyar el aborto que tomar medidas para evitar llegar a situaciones que, además de evitar importantes traumatismos para las mujeres, contribuirían a reducir el coste sanitario y poder destinar fondos a otras necesidades.
Existen más argumentos esgrimidos en defensa de una ley del aborto. Se ha indicado que su ilegalización no reduce el número de abortos y las mujeres abortarían igualmente en el extranjero y/o se someterían a intervenciones sin las suficientes garantías sanitarias. En cualquier caso, el hecho de que el número de mujeres que abortan sea el mismo en condiciones legales que ilegales no deja de ser una mera suposición ante la falta de estadísticas que verifiquen los datos.
Y cabe destacar ante estos argumentos, que las parejas que desean concebir un hijo por gestación subrogada en estos momentos pueden estar sujetos a exactamente los mismos problemas que las mujeres en el caso de que el aborto fuese ilegal en nuestro país. Lo que pone claramente de manifiesto que unos mismos criterios sirven para legalizar y para negar el derecho de unos padres, suponiendo que la ideología está por encima de la lógica, que no de la ley, ya que esta se adapta a las ideologías de forma voluble, conculcando uno de los principios de la democracia y el estado de derecho, que es la igualdad entre los individuos.
Víctor Díaz Golpe
Socio fundador de Acción Liberal
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